De conformidad con lo establecido en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, en el Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, y en la Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio, de Sociedades Anónimas Deportivas, en vigor por virtud de la Disposición derogatoria única del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, citada anteriormente, la Junta Directiva del ATLETICO SANLUQUEÑO CF (en adelante, el “Club”) anuncia por la presente la finalización del periodo de suscripción de acciones de “ATLETICO SANLUQUEÑO CLUB DE FUTBOL, SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA” (EN CONSTITUCIÓN) -en adelante, la “SAD”-
El club en proceso de transformación en Sociedad Anónima Deportiva es una asociación privada, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, denominada “ATLETICO SANLUQUEÑO CLUB DE FUTBOL”, tiene su domicilio social Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), Avda. de puerto de Sta. Maria, nº 13 (Estadio el Palmar), CP 11540, se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Andalucía con el número 002321, y está provisto de CIF G11040839
El Club anuncia que habiéndose suscrito y desembolsado mediante aportaciones dinerarias el total del Capital Social de la Sociedad Anónima Deportiva resultante del proceso de transformación del Club y fijado en TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA EUROS (353.160,00 €), dividido en 2.180 acciones nominativas numeradas de la número 1 a la 2180, amas inclusive, de CIENTO SESENTA Y DOS EUROS (162,00 €) de valor nominal cada uno conforme al acuerdo de la Junta Directiva adoptado por unanimidad, así como con el voto favorable del 59,36% de los socios asistentes presentes y representados y habiéndose obtenido el preceptivo Informe favorable de la Comisión Mixta de Transformación de Clubes en Sociedades Anónimas Deportivas, se da por terminada la fase de suscripción de acciones “ATLETICO SANLUQUEÑO CF, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA (EN CONSTITUCIÓN).
De conformidad con lo establecido en la Disposición transitoria sexta del Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio, de Sociedades Anónimas Deportivas, una vez otorgada la escritura pública de constitución de la nueva Sociedad Anónima Deportiva ATLETICO SANLUQUEÑO CF, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA. e inscrita en los Registros correspondientes, se convocará Junta general de accionistas para proceder a la elección de los órganos de gobierno y representación de la Sociedad Anónima Deportiva.